En un fallo sin precedentes la Procuraduría General de la Nación, suspendió por seis meses del cargo a Luis Alberto Escorcia, Alcalde de Santo Tomás, (Atlántico) al incurrir en irregularidades en la autorización de eventos públicos llevados a cabo en el Municipio.
Durante los años 2016 a 2019 el Alcalde accedió a que se llevarán a cabo espectáculos musicales sin exigirle a los empresarios o responsables de los eventos el pago de los Derechos de Autor, a quien posee el repertorio de las canciones ejecutadas, en este caso, a la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia, (SAYCO), quien representa a más de 8 mil artistas en el país.
El funcionario en mención, había autorizado en diversas ocasiones la realización de conciertos públicos en los cuales se pagaron los derechos patrimoniales de autor, al señor Libardo Durán Barriga, representantede (Dinalo – Upidir), a pesar de las advertencias que, en legítimo derecho y de forma reiterada le había realizado SAYCO, al explicarle que es la Sociedad quien posee el recaudo de las obras.
Roberto Caros Badel García, Procurador Provincial de Barranquilla mediante un fallo disciplinario encontró de ‘Culpa Grave’ al Alcalde Escorcia quien omitió el cumplimiento de las normas que desarrollan la protección de la propiedad intelectual, en especial los derechos de autor que recaen sobre las obras musicales, al infringir los deberes contenidos en la constitución y la ley; fallo radicado E-2018-038185/IUC D-2018-1080983 de este mes en curso.
Bedel García consideró en su fallo, “que el señor Libardo Durán Barriga, actuando como propietario del establecimiento de comercio (Dinalo – Upidir), no está habilitado para lagestión colectiva y recaudo de derechos de autor, tampoco acreditó contratos de mandato de ningún artista reconocido enelmundo musical y solo aparece como aturde dos canciones ante el registro de obras artísticas llevado por la Dirección Nacional de Derechos de Autor”.
Así mismo, se ordenó entregar copias a la Fiscalía General de la Nación, con el fin de que se investigue a la organización (Dinalo – Upidir), representada por el señor Dirán Barriga, por la posible comisión de delitos contra la propiedad privada y defraudación a los derechos de autor, al considerar que este establecimiento de comercio “… negocia, autoriza y concerta la utilización de repertorios musicales de los cuales no posee la autoría, ni presentación…”, de acuerdo a lo manifestado por el Procurador Provincial de Barranquilla.
La Sociedad de Autores y Compositores de Colombia, SAYCO; previene a los diferentes Alcaldes Municipales, Secretarios de Despacho y/o dirigentes, que autorizan la celebración de espectáculos públicosen los que se utilizan obras musicales representadas por la Sociedad, a que cumplan con la normatividad vigente en materia de derechos de autor, verificando los repertorios a ejecutarse para no incurrir en los engaños de gestores individuales que no poseenlos derechos de los artistas colombianos.