Conozca la tarifa preferencial para el gremio de emisoras comunitarias

SaycLa Sociedad de Autores y Compositores de Colombia SAYCO, atendiendo las políticas de la nueva administración, concertó con un sector mayoritario compuesto por más de 300 estaciones de radio comunitarias en el país, unas tarifas justas que consultan los intereses generales de las comunidades.

El nuevo acuerdo contempla el cobro de una tarifa preferencial que está muy por debajo de las establecidas en el manual tarifario auditado por la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA), ente regulador de la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia – SAYCO.

La negociación se produjo luego de varias reuniones con redes de emisoras comunitarias, lográndose un acuerdo con trece (13) de ellas: (ASENRED, ECOSURA, REDENORTE, ASOREDES, ANTENA CIUDADANA, REC FM, RADAR, CANTOYACO, RED GUACAMAYA, ASOCMECOM, RESANDER, RED.CC Y FUMCOPAT), que integran cerca de 300 radiodifusoras en todo el territorio nacional.

Por todo lo anterior, recibimos con gran sorpresa que FEDEMEDIOS, organización que dice liderar un sector de las emisoras comunitarias, se empeñe en desinformar a la ciudadanía través de una campaña de difusión de audios malintencionados que pretenden generar confusión en la opinión pública y desprestigiar nuestro buen nombre.

La Sociedad de Autores y Compositores de Colombia SAYCO reitera lo informado a través de “Comunicado de recaudo” de fecha 15 de abril de 2019, y con ello denuncia abiertamente los actos desleales, de mala fe y contrarios a derecho que ha realizado FEDEMEDIOS – SIPAZ, al incentivar la omisión del pago y orientar al pago de valores que no corresponden a la tarifa por uso de obras protegidas, en una apología al delito (defraudación de derechos de autor); pagos que se han realizado bajo la modalidad de “Título Judiciales” ante el Banco Agrario, títulos que si bien tienen como destinatario a SAYCO, no han ingresado ni ingresarán a las cuentas de la sociedad porque no son aceptados, toda vez que no atienden el pago del derecho de autor causado por la utilización de las obras musicales que representamos, ni obedecen al reconocimiento justo por la existencia legítima de una licencia previa que autorice su uso, exponiéndose la responsabilidad jurídica de las emisoras del caso.

Por lo anterior, se solicita a las personas naturales y jurídicas representantes de las emisoras comunitarias que procedieron a constituir títulos judiciales ante el Banco Agrario con destino a la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia – SAYCO, por concepto de derecho de autor, realicen los trámites correspondientes ante el banco para el reintegro de dichos valores.

Es importante resaltar que el derecho de autor es un derecho exclusivo de sus titulares o representantes, que no puede ser suplantado por ningún usuario de las obras por muy justa que considere sus razones.

En este orden de ideas, y en vista de lo acaecido, nos veremos en la penosa obligación de instaurar acciones judiciales contra las emisoras y representantes de FEDEMEDIOS que desatiendan la obligación de concertar la tarifa bajo condiciones equitativas para las partes.

Por/SAYCO

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